domingo, 27 de mayo de 2012

Estructura y Contenido del Informe Pericial en la Nueva Reforma Procesal Penal


El informe es el “producto envasado” que se entrega al usuario.

Canales Guillén, José Luis
Doctorando en Criminalística
Universidad Privada Norbert Wiener

Abstract
With the implementation of the new criminal procedure reform, have been undergoing a series of changes, being able to tell the transcendental and outstanding work of judicial officers, it added to the active participation of experts in the field forensic specialists, who perform various studies which findings will result in the expert reports.
Expert Reports are evidences, these documents must have quality assurance for acceptance by the scientific community and before the same courts, giving technical and scientific value, must understand that the research results have an impact on the eventual use of them in decision-making, in this case to determine a fair and impartial judgment.
In that sense, this article only aims to explain simply, how should an expert report is structured, what should be its content, and serve as a reference guide for those interested in the subject.

Key words: Report, Expert report, expert opinión.

Resumen
Con la implementación de la nueva reforma procesal penal, se vienen experimentando una serie de cambios, pudiéndose notar la trascendental y destacada labor de los operadores de justicia, sumado a ello la participación activa de peritos especialistas en el ámbito criminalístico, quienes realizan distintos estudios cuyas conclusiones darán lugar a los informes periciales.
Los Informes Periciales constituyen medios de prueba, estos documentos deben poseer las garantías de calidad para la aceptación por la Comunidad Científica y ante los mismos tribunales, otorgándole valor científico-técnico, debiendo entender que los resultados de una investigación tienen incidencia sobre la eventual utilización de los mismos en la toma de decisiones, en este caso para determinar una sentencia justa e imparcial.
En tal sentido el presente artículo solo pretende, explicar de manera sencilla, cómo debe esta estructurado un informe pericial, cuáles deben ser sus contenidos, y que sirva como guía de consulta a los interesados en el tema.

Palabras claves: Informe, Informe pericial, dictamen pericial.


Iniciaremos el presente artículo definiendo algunos términos, para mejor comprensión.

Perito: Citando al Dr. Rodríguez Regalado "Experto en una ciencia o arte. Persona que, por sus especiales conocimientos, es llamada al proceso para informar sobre hechos cuya apreciación se relaciona con su especial saber o experiencia"(1), el perito es quien elabora el informe pericial a solicitud del magistrado o de una de las partes.

Peritaje: Es la expresión escrita de un estudio o análisis previo que responde a la aplicación de técnicas relacionadas a un área de conocimiento determinada.

Informe: La Real Academia Española lo define como “Descripción, oral o escrita, de las características y circunstancias de un suceso o asunto”. La misma Academia en otra de sus definiciones contempla “Es la exposición total que hace un letrado o el fiscal ante el Tribunal que ha de fallar en un proceso”.(2)

Dictamen: Según la Real Academia Española, es la “Opinión y juicio que se forma o emite sobre algo. (2)

Calidad: “Propiedad o conjunto de propiedades inherentes a algo, que permiten juzgar su valor”.(2) 
Cada  trabajo realizado en los laboratorios o servicios forenses deben plasmarse en un informe, que presenta de una forma exacta, clara y sin ambigüedad los resultados del ensayo o análisis y cualquier otra información relacionada con el mayor rigor posible.

El documento que presenta los resultados se le conoce como “Informe Pericial”, estos son   utilizados en un Sistema de Gestión de Calidad el cual los considera como documentos de salida.

EL INFORME PERICIAL

            El informe pericial, es formalmente aquel documento donde se exponen o detallan todas las circunstancias referentes a la investigación o estudio y que constituirá un medio de prueba ante los Tribunales, donde se harán los fallos correspondientes.

Los Peritos forenses son los responsables de elaborar los Informe Pericial basados en los estudios y conclusiones a las que arriban, Estos deben reunir ciertas cualidades intelectuales como la agudeza de observación, que se desarrolla con el ejercicio; espíritu de orden; método y precisión. El perito no emite su informe pericial para favorecer a una u otra parte, sino que proporcionará información sólida y veraz sobre la que es materia de investigación.

Debemos considerar que los valores éticos del propio perito será la mejor forma de garantizar una adecuada actuación pericial, evitando errores, sesgos, vulneraciones de confidencialidad o actuaciones que se alejan de los estándares de calidad exigibles dentro de las ciencias forenses.

No se puede elaborar un buen informe pericial si no se apoya en una base sólida de conocimientos sustentada en la labor de investigación pericial forense; en el Perú no hay normas específicas que contemplen y garanticen el control de calidad de los informes periciales en materia criminalística o forense, ni tampoco las garantías de los conocimientos y experiencia en materias concretas o específicas materia de objeto pericial; aquí podemos manifestar que muchos profesionales incorporados a las instituciones que prestan servicio forense, no acreditan conocimientos y/o capacitaciones de un mínimo de tiempo necesario para poder desempeñarse en el área forense y mas aún emiten informes periciales que serán usados en los tribunales. Tampoco hay norma alguna en la que se establezca el tiempo mínimo en horas, con las que debe contar un profesional (perito) forense para que esté en la capacidad de peritar y emitir informes periciales, que garanticen su calidad y aceptación dentro de la Comunidad Científica, y la admisibilidad como una teoría científica en los Tribunales.

En nuestro medio los informes periciales en materia forense, eran elaborados y firmados por dos peritos, pero muchas veces la tarea lo realizaba uno de ellos y el otro se limitaba a consignar su firma; ahora con la Nueva Reforma Procesal Penal, solo puede hacerlo un solo perito; en el artículo 173º Nombramiento inciso 1, dice: “Se podrá elegir dos o mas peritos cuando resulte imprescindible por la considerable complejidad del asunto”.(3)

OBJETO DEL INFORME PERICIAL

El objetivo de un Informe Pericial es el de comunicar los hallazgos de utilidad y conclusiones, que den respuesta a las necesidades planteadas o requeridas al inicio del proceso por parte de la autoridad a cargo de la investigación.

Por otro lado, los exámenes que constituyen peritaje y son objeto del mismo tenemos a las inspecciones de escena de crimen, los exámenes psicológicos, médicos, biológicos, odontológicos, antropológicos, ambientales, balísticos, grafotécnicos, documentoscópicos, dactiloscópicos, contables, entre otros.

CUALIDADES DEL INFORME PERICIAL

Los Informes Periciales son documentos técnicos que deben reunir ciertas cualidades, de manera que al ser consultado por el Magistrado, pueda ser entendido o comprendido y que al someterlo a la correspondiente valoración, pueda obtener conclusiones pertinentes que influirán en sus decisiones.
-       Objetivo. Se debe consignar la información de manera imparcial, sin emitir juicios de valor o comentarios intencionados, debemos recordar que no realizamos una investigación para darle la razón a una u otra parte, sino a los hechos concretos.
-  Completo. Se debe plasmar toda la información necesaria y relevante para la investigación.
-       Legible. Esta cualidad se refiere al lenguaje que lo hace comprensible, algo que tienen que ver directamente con la claridad (no puede mostrar ambigüedades), precisión (evitar tecnicismos) y concisión.(4)
-       Sencillo, Coherente. Debe guardar la congruencia con los fundamentos.

ESTRUCTURA DE UN INFORME PERICIAL

Actualmente los Informes Periciales que emiten la Policía Nacional del Perú y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Perú, no están estandarizados, son los que cada uno de ellos implantan, adecuándolos de alguna forma a los puntos que se contempla el Artículo 178º del Nuevo Código Procesal Penal (contenido del informe pericial oficial).

El sistema que actualmente usa el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses para la elaboración del informe pericial es el FORENSIS, el cual muestra ciertas limitaciones a la hora de hacer descripciones de los elementos materia de prueba o cuando se tienen que realizar el informe sobre el trabajo en escenas de hechos, toda vez que nosotros participamos activamente en este tipo de diligencias, además el sistema no permite que se puedan colocar anexos como láminas fotográficas, croquis, etc.

En el Nuevo Código Procesal Penal, en el Artículo 178º contenido del informe pericial oficial, numeral 1 dice: “el informe de los peritos oficiales contendrá”:

1.  Nombre, apellido, domicilio y Documento Nacional de Identidad, y número de registro profesional del perito.
2.    Descripción de la situación o estado de hechos, sea persona o cosa sobre la que se hizo el peritaje.
3.    Exposición detallada de lo que se ha comprobado en relación al encargo.
4.    Motivación o fundamentación del examen técnico.
5.  La indicación de los criterios científicos o técnicos, médicos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen.
6.    Las conclusiones.
7.    Fecha, sello y firma.(3)

En el mismo artículo, inciso 2 nos dice que le informe pericial no debe contener juicios respecto a la responsabilidad o no responsabilidad penal del imputado en relación con el hecho delictuoso materia del proceso.(3)

Es importante resaltar sobre lo anteriormente referido, que en algunos casos se puede observar que los peritos no solo se limitan a dar su opinión técnica-científica, sino que además se toman facultades o atribución propios de la competencia del Juez. Citando a Machado Schiaffino “El perito no se enreda en el andamiaje jurídico para juzgar sobre el pleito sino sobre el objeto de la pericia”.(5) Ejemplificando lo mencionado, sucede que algunos peritos concluyen en su informe “Himen con desgarro parcial en horas X (desfloración antigua) y con eritemas recientes, por lo que se puede decir que fue probablemente violación”.

Los informes periciales como documentos de gran importancia en un proceso, sea del tipo penal, civil u otros, estos deben estandarizarse a esquema único de Informe, que presente una estructura lógica para facilitar la comprensión y que sea aplicable por parte de la Policía Nacional del Perú como por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Perú, como se hacen en otros países como Colombia o Chile. Recordemos que ambas instituciones persiguen un mismo fin, desarrollando investigaciones que aporten medios necesarios que coadyuven a la adecuada administración de justicia.

A continuación a manera de propuesta, se presenta un esquema que muy bien podría tomarse en cuenta para la elaboración de un Informe Pericial único, asentado sobre las bases de lo contemplado en el Nuevo Código Procesal Penal.

  1. Identificación única del Informe Pericial: Son códigos o series asociadas a la dependencia, ubicación o el caso, etc., estos deben figurar en todas las páginas.
  2. Destino del Informe Pericial: (dirigido a la autoridad o institución que lo solicita).
  3. Objetivo de la pericia: (examen que se solicita). La autoridad cuando solicita un examen pericial debe determinar con precisión cual es el objeto del peritaje y hacerlo saber al perito.
  4. Descripción de la situación o estado de hechos sobre los que se realiza el peritaje: (descripción clara y precisa de elementos materia de prueba y/o evidencia física examinados).
  5. Exposición detallada de lo que se ha comprobado: (resultado obtenidos).
  6. Fundamentación del examen técnico: (explicación los principios técnicos-científicos aplicados e informe sobre el grado de aceptación por la Comunidad Científica). el informe pericial debe estar debidamente fundamentado; y no basado solo en meras opiniones sin sustento técnico.
  7. Criterios científicos o técnicos de los procedimientos empleados: (instrumentos o recursos bibliográficos usados para sustentar científicamente las teorías). Los informes periciales deben estar apoyados por una metodología adecuada, exigiendo a los peritos fundamentar sus opiniones en hechos contrastados y publicados, y aportar toda la bibliografía relevante, así como la experiencia propia del profesional sobre la que basa su opinión.
  8. Interpretación de resultados: (conclusiones obtenidas producto del estudio). Debe contener conclusiones claras, firmes y lógicas.
  9. Destino de las Evidencias: (en caso de ser materiales o bienes, se indicara su destino post-análisis)
  10. Anexos: (de ser necesarios se adjuntarán láminas fotográficas, medios magnéticos u otro).
  11. Datos del perito: (nombre, apellido, domicilio y Documento Nacional de Identidad, y número de registro profesional).
  12. Fecha, sello y firma. 
Los peritos deben fundamentar sobre aquello que se le haya solicitado, para que el Juez pueda valorar el informe pericial de acuerdo a las normas de sana crítica, buen juicio y de manera razonada.

Recomendaciones 
  • Uniformizar y estandarizar los formatos de informe pericial únicos para su aplicación por parte de la Policía Nacional del Perú y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, toda vez que somos instituciones que vamos hacia un mismo objetivo, apoyando a la justicia con nuestros conocimientos técnicos y científicos. 
  • Se debe implantar un mecanismo de control de calidad de los informes periciales, que son emitidos por las instituciones que ejercen la labor pericial forense. 
Conclusiones 
  • Parte de un sistema de gestión de calidad en una institución u organización son los resultados, uno de estos en el ámbito forense son los informes periciales, y para que estos cumplan su cometido con un alto grado de fiabilidad, confianza, verdadero sustento técnico científico y la aceptación en la Comunidad Científica, se requiere de ciertas cualidades y condiciones. 
  • Se debe establecer y exigir al perito una serie de requisitos mínimos a la hora de realizar actividades periciales en materia forense, como por ejemplo poseer el titulo de especialista en el área específica de actuación y la experiencia práctica suficiente en el área; ya que los tribunales esperan información de alta calidad que le sean útiles para tomar decisiones adecuadas. 
  • Considerar las consecuencias que trae consigo la calidad y cuidados que se debe tener cuando se elabore un informe pericial, ya que influirá durante el análisis y valoración del mismo por parte de los operadores de justicia en la toma de decisiones. 
  • El informe pericial debe cumplir con brindar conocimientos técnicos-científicos, para ilustrar a los magistrados sobre una determinada cuestión materia de investigación, y no contener juicios sobre responsabilidad o no de las partes, que es competencia del señor Juez. 
Referencias 

(1)   RODRIGUEZ REGALADO, Pablo. (2008), “Acreditación del Perito Criminalístico en el Nuevo Proceso    Penal”, Arequipa-Perú, pág. 1. 
(2)    Real Academia Española. (2001). Diccionario de la lengua española. 22a ed. Madrid, España: Autor. 
(3)    Nuevo Código Procesal Penal. (2004). Lima, Perú, pág. 55-56.
(4)  ASTOUS, Alain; SANABRIA, Raúl y; SIGUÉ, Simón. (2003). Investigación de Mercados. Editorial Norma. Colombia, pág. 264.
(5)    MACHADO SCHIAFFINO. (1998). El Perito y la Prueba. Ediciones La Rocca, Buenos Aires, pág. 116.
-    BARBA MORÁN, Manuel. (2007). El dictamen pericial en ergonomía y psicosociología aplicada. Manual para la formación del perito. Editorial Tébar, S. L. Madrid – España.
-   GUINOT, Cinta. (2009). Métodos, técnicas y documentos utilizados en Trabajo Social. Publicaciones Deusto.

sábado, 26 de mayo de 2012

Implicancia de la alcoholemia


Abstract
Headlines daily in the media about traffic events with serious consequences, even death is not an issue beyond our Peruvian reality, the consequences are multivariate but one of the most common triggers are alcohol intake, as so reckless, irresponsible people get behind the wheel making it a deadly weapon, in the same way under the influence of alcohol are committed murders, rapes and other crimes, they deserve to be treated with all the necessary guarantees that the Code of Criminal Procedure, 2004 promulgated, in this sense acting immediately upon the occurrence of a fact, regarding the variety of blood samples, allow us to determine the blood alcohol concentration (BAC), so reliable and timely results that consistently provide tools necessary for an appropriate process.

Key words: Alcohol, blood alcohol, ethyl Dosage.